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Personas jurídicas asociadas

Dar de alta a tu organización para que forme parte de nuestra red de profesionales de la privacidad. Tiene muchas ventajas ¡Aprovéchalas!

Ventajas para las personas jurídicas asociadas
  • Uso de la marca colectiva APEP
  • Directorio APEP completo
  • Precios exclusivos para asociados
  • Posibilidad de nombrar asociados invitados
  • Precios exclusivos para esos invitados
Requisitos
  • Vincular al menos a una persona como socio/a
  • Pagar las cuotas anuales
  • Respetar los Estatutos Sociales
  • Respetar el Código de Ética Profesional
  • Respetar el Reglamento de Uso de Marca

Requisitos

Al menos una persona de la organización colaboradora debe ser socio y debe acreditar:

  1. Estar ejerciendo, por cuenta propia o ajena, actividades relacionadas con la privacidad y/o protección de datos
  2. Se permite esta dedicación desde cualquiera de sus vertientes (jurídica, técnica, académica)
  3. Tener una experiencia de, al menos, dos años
  4. Venir avalado por 1 asociado

Modalidades

Hay varias modalidades para ser persona jurídica asociada:

  1. En función del número de socios/as (con derecho a voto) que se desee tener
  2. Posibilidad de nombrar asociados invitados (con acceso a eventos y formación a precio de socios)
  3. Uso del sello de entidad colaboradora de APEP
  4. Posibilidad de añadir asociados invitados adicionales.
Modalidad 1
175€Anual
  • 1 socio individual
  • 1 socio invitado
  • Sello colaborador APEP
Modalidad 2
325€Anual
  • 2 socio individual
  • 1 socio invitado
  • Sello colaborador APEP
Modalidad 3
600€Anual
  • 3 socio individual
  • 2 socio invitado
  • Sello colaborador APEP
Modalidad 4
1200€Anual
  • 4 socio individual
  • 8 socio invitado
  • Sello colaborador APEP

Diferencias entre las distintas figuras dentro de las personas jurídicas asociadas

  • Solamente el asociado tiene derecho a voto en la Asamblea de asociados.
  • El asociado y el asociado invitado tienen los cursos y eventos APEP a precio asociado.
  • El asociado invitado no tiene acceso a la web de APEP, solamente el asociado principal.
  • Si se producen cambios en el equipo que motivan el cambio de los asociados o invitados designados se puede notificar su modificación dentro de un límite razonable durante el periodo anual.
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